Como ha dictado la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, el acuerdo UE-Marruecos vulnera, además, la legislación europea sobre comercialización de frutas y hortalizas frescas en lo concerniente a la veracidad de la información contenida en el etiquetado de las importaciones marroquís. En otras palabras, se está produciendo una clara vulneración y un perjuicio de los derechos de los ciudadanos comunitarios como consumidores, en lo que concierne a la veracidad de la información contenida en el etiquetado de los productos respecto a la procedencia de los mismos. La legislación europea de frutas y hortalizas establece que los productos del sector destinados a ser vendidos frescos al consumidor solo podrán comercializarse si en ellos figura la indicación del país de origen. Ahora bien, la capacidad del consumidor europeo para discernir si un producto etiquetado como originario de Marruecos procede de este Reino, o bien procede del Territorio no autónomo del Sahara Occidental, se encuentra limitada y sus derechos, en este sentido, vulnerados.
La sentencia es clara en este sentido: “la indicación del país de origen que debe figurar en los tomates y los melones de que se trata únicamente podrá designar el Sáhara occidental, ya que dichos productos se recolectan en ese territorio. En efecto, dicho territorio es distinto del de Marruecos y un territorio aduanero en el sentido del Derecho de la Unión. Cualquier otra indicación podría hacer pensar al consumidor que esos melones y tomates proceden de un lugar distinto del territorio en el que se recolectaron”.
“Este es el reconocimiento de que se está produciendo un fraude al consumidor por parte de las empresas que importan producto de Marruecos, que en muchas ocasiones cuentan con capital europeo, y nos están haciendo competencia desleal”, ha añadido Góngora. “La UE debe adoptar medidas inmediatamente para evitar que se siga posibilitando este engaño a las personas consumidoras europeas y elevar los controles de las distintas administraciones en territorio comunitario sobre el etiquetado correcto de estos productos, para comprobar que se refleja el origen de las frutas y hortalizas procedentes del Sáhara Occidental”.
Esta sentencia responde a la demanda interpuesta la Confédération Paysanne, organización campesina francesa y aliada de COAG con la que se comparten trabajos en la Coordinadora Europea Vía Campesina. COAG reitera el reconocimiento al trabajo de esta organización para la consecución de logro frente a las importaciones desleales procedentes de Marruecos.