Requisitos más flexibles en materia de higiene para más de 200.000 pequeños comercios
1 min

Requisitos más flexibles en materia de higiene para más de 200.000 pequeños comercios

Global
Jan 21
/
1 min

Más de 200.000 empresas dedicadas a la fabricación y/o al comercio de productos alimenticios se beneficiarán del Real Decreto, ya ha aprobado el Consejo de Ministros, que regula y clarifica los requisitos en materia de higiene y comercialización de los productos alimenticios que se sirven en establecimientos de comercio al por menor como carnicerías, pescaderías, obradores, bares o cafeterías.

Destacan las medidas contra el desperdicio alimentario y el sobreenvasado. Por ejemplo, bares y restaurantes deberán ofrecer a sus clientes la posibilidad de llevarse los alimentos que no hayan consumido. También delimita las temperaturas a las que tienen que mantenerse los alimentos en el comercio al por menor para no romper la cadena de frío. Además, se regulan los tratamientos a los que hay que someter al pescado para prevenir la anisakiasis y los procesos de elaboración de alimentos que contengan huevo.

Los comercios minoristas podrán contar, con zonas de degustación de los productos que ofrecen o elaboran evitando la contaminación cruzada. Los minoristas también podrán usar la etiqueta de "elaboración propia" en un cartel o rótulo próximo al producto. Las viviendas privadas donde se preparen alimentos, no podrán servir comidas preparadas para su consumo in situ o no suministrar productos alimenticios en eventos, entre otros. El objetivo principal es favorecer la sostenibilidad del sistema alimentario, dentro del marco de seguridad alimentaria, e impulsar la economía local.

Redacción ADN TV
Redacción

Generadora de contenidos audiovisuales para diferentes plataformas, produce desde la óptica de las necesidades de las personas que consumen información.

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Más de 200.000 empresas dedicadas a la fabricación y/o al comercio de productos alimenticios se beneficiarán del Real Decreto, ya ha aprobado el Consejo de Ministros, que regula y clarifica los requisitos en materia de higiene y comercialización de los productos alimenticios que se sirven en establecimientos de comercio al por menor como carnicerías, pescaderías, obradores, bares o cafeterías.

Destacan las medidas contra el desperdicio alimentario y el sobreenvasado. Por ejemplo, bares y restaurantes deberán ofrecer a sus clientes la posibilidad de llevarse los alimentos que no hayan consumido. También delimita las temperaturas a las que tienen que mantenerse los alimentos en el comercio al por menor para no romper la cadena de frío. Además, se regulan los tratamientos a los que hay que someter al pescado para prevenir la anisakiasis y los procesos de elaboración de alimentos que contengan huevo.

Los comercios minoristas podrán contar, con zonas de degustación de los productos que ofrecen o elaboran evitando la contaminación cruzada. Los minoristas también podrán usar la etiqueta de "elaboración propia" en un cartel o rótulo próximo al producto. Las viviendas privadas donde se preparen alimentos, no podrán servir comidas preparadas para su consumo in situ o no suministrar productos alimenticios en eventos, entre otros. El objetivo principal es favorecer la sostenibilidad del sistema alimentario, dentro del marco de seguridad alimentaria, e impulsar la economía local.

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