El sesenta y siete por ciento de los pagos de transporte incumplen la ley.

El sesenta y siete por ciento de los pagos de transporte incumplen la ley.

Global
Jun 21
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Como se recordará, Fenadismer puso en marcha el mes deJulio de 2012 el Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera, en colaboración con la Fundación Quijotepara el Transporte, con la finalidad de conocer mensualmente la evolución delas formas y plazos de pago en nuestro sector, y en consecuencia verificar elgrado de cumplimiento de la vigente legislación en materia de morosidad en lasrelaciones comerciales, la cual establece que el plazo máximo de pago será de30 días desde la fecha de prestación del servicio, ampliable a un plazo máximolegal de 60 días si así lo establecen las partes por escrito.

Durante estos casi 10 años de estudio sobre laevolución de los plazos de pago en el sector del transporte por carretera, seha venido constatando un incumplimiento escandaloso y sistemático de los plazosmáximos de pago por parte de las empresas cargadoras y operadores logísticos eintermediarios que contratan a los transportistas, las cuales imponencondiciones abusivas a sus proveedores con absoluta impunidad, basando de estemodo su rentabilidad no en su actividad productiva, sino en la actividadfinanciera que generan a costa de los autónomos y pymes que trabajan para estosgrandes grupos empresariales.

Así, en cuanto a los medios de pago que se utilizanpara pagar a sus transportistas, durante el mes de mayo de 2021 las modalidadesmás habituales continúan siendo por este orden la trasferencia (54%), seguidodel confirming (35%), el pagaré (11%) y el cheque (<1%).

Por lo que se refiere a los plazos de pago, semantiene la tendencia creciente de demora que se ha venido constatandoespecialmente tras la aparición e la pandemia por el covid-19, situándose en 84días de media en el mes de Mayo, superior incluso al mes anterior.  Así enel último mes, nada menos que el 67 % de los pagos que se realizan a lasempresas transportistas por parte de sus clientes incumplieron la legislaciónvigente en materia de morosidad al superar el plazo máximo de 60 días a contardesde la realización del servicio, es decir, 2 de cada 3 pagos en el sector nocumplieron con la legalidad vigente. Además, es tal el grado de incumplimientoy de demora en los pagos, que de ellos un 36% se realizaron a más de 90 días eincluso un 21% a más de 120 días, plazo en el que el transportista ya ha tenidoque adelantar hasta dos trimestres el ingreso del 21% del IVA a Hacienda, conla incertidumbre de si cobrará la factura 6 meses o más después.

En este sentido, el proyecto de Ley para establecer unrégimen sancionador, que fue recientemente aprobado por el Congreso de losDiputados y que ahora se encuentra en tramitación en el Senado, además de lassanciones económicas de hasta 6.000 euros ya recogidas en la vigente Ley deOrdenación de los Transportes Terrestres, introduce una nueva sanción agravadapara aquellas situaciones reincidentes más abusivas en materia de plazos depago, en concreto, en aquellos casos en que “se considere que la conductaafecta significativamente a la capacidad y a la solvencia económica delacreedor o se haya superado en más de 120 días el plazo máximo legal de pago”, estableciendopara ellos una sanción de hasta 30.000 euros.

Redacción ADN TV
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Generadora de contenidos audiovisuales para diferentes plataformas, produce desde la óptica de las necesidades de las personas que consumen información.

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Como se recordará, Fenadismer puso en marcha el mes deJulio de 2012 el Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera, en colaboración con la Fundación Quijotepara el Transporte, con la finalidad de conocer mensualmente la evolución delas formas y plazos de pago en nuestro sector, y en consecuencia verificar elgrado de cumplimiento de la vigente legislación en materia de morosidad en lasrelaciones comerciales, la cual establece que el plazo máximo de pago será de30 días desde la fecha de prestación del servicio, ampliable a un plazo máximolegal de 60 días si así lo establecen las partes por escrito.

Durante estos casi 10 años de estudio sobre laevolución de los plazos de pago en el sector del transporte por carretera, seha venido constatando un incumplimiento escandaloso y sistemático de los plazosmáximos de pago por parte de las empresas cargadoras y operadores logísticos eintermediarios que contratan a los transportistas, las cuales imponencondiciones abusivas a sus proveedores con absoluta impunidad, basando de estemodo su rentabilidad no en su actividad productiva, sino en la actividadfinanciera que generan a costa de los autónomos y pymes que trabajan para estosgrandes grupos empresariales.

Así, en cuanto a los medios de pago que se utilizanpara pagar a sus transportistas, durante el mes de mayo de 2021 las modalidadesmás habituales continúan siendo por este orden la trasferencia (54%), seguidodel confirming (35%), el pagaré (11%) y el cheque (<1%).

Por lo que se refiere a los plazos de pago, semantiene la tendencia creciente de demora que se ha venido constatandoespecialmente tras la aparición e la pandemia por el covid-19, situándose en 84días de media en el mes de Mayo, superior incluso al mes anterior.  Así enel último mes, nada menos que el 67 % de los pagos que se realizan a lasempresas transportistas por parte de sus clientes incumplieron la legislaciónvigente en materia de morosidad al superar el plazo máximo de 60 días a contardesde la realización del servicio, es decir, 2 de cada 3 pagos en el sector nocumplieron con la legalidad vigente. Además, es tal el grado de incumplimientoy de demora en los pagos, que de ellos un 36% se realizaron a más de 90 días eincluso un 21% a más de 120 días, plazo en el que el transportista ya ha tenidoque adelantar hasta dos trimestres el ingreso del 21% del IVA a Hacienda, conla incertidumbre de si cobrará la factura 6 meses o más después.

En este sentido, el proyecto de Ley para establecer unrégimen sancionador, que fue recientemente aprobado por el Congreso de losDiputados y que ahora se encuentra en tramitación en el Senado, además de lassanciones económicas de hasta 6.000 euros ya recogidas en la vigente Ley deOrdenación de los Transportes Terrestres, introduce una nueva sanción agravadapara aquellas situaciones reincidentes más abusivas en materia de plazos depago, en concreto, en aquellos casos en que “se considere que la conductaafecta significativamente a la capacidad y a la solvencia económica delacreedor o se haya superado en más de 120 días el plazo máximo legal de pago”, estableciendopara ellos una sanción de hasta 30.000 euros.

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